Recuperación del derecho de voto

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Recuperación del derecho de voto

LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL HACE POSIBLE LA RECUPERACIÓN INMEDIATA DEL DERECHO DE VOTO PARA 100.000 PERSONAS

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado instrucciones a la Oficina del Censo Electoral para que, con vistas a las elecciones de mayo y las próximas, se incorpore en el censo a todas aquellas personas con discapacidad que hubieran sido excluidas como consecuencia de una resolución judicial de privación de derecho a sufragio activo. Según el Comité de Representación de Personas con Discapacidad (CERMI), la medida afectaría a unas 100.000 personas.

Esta instrucción, recogida por Europa Press, se adopta en cumplimiento de la última reforma de Ley Orgánica del Régimen Electoral Generales (LOREG), aprobada a finales del año pasado por el Parlamento, para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.

Esta norma, que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018, eliminó las dos causas de incapacidad civil para el ejercicio del derecho a voto que recogía la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Los dos puntos eliminados del texto se referían a «los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme» y a los «internados en un hospital psiquiátrico».

La nueva redacción determina que «toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera».

La resolución de la JEC, en respuesta a una consulta de la Oficina del Censo Electoral, se ha aprobado justo cuando está a punto de cerrarse el censo electoral para los comicios municipales, autonómicos y europeos de mayo, los primeros con la nueva normativa.

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